[Udnet] Fw: PAGO POR UN MÍNIMO PARA INDEPENDIENTES
Fabian Galindo
fgalindo@mail.udistrital.edu.co
Tue, 27 Sep 2005 09:50:51 -0500
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Secci=F3n Segunda
>=20
> Trabajadores independientes pueden cotizar con base en un salario =
m=EDnimo legal vigente
>=20
> Sentencia 03403. 19/08/04. Word.
>=20
> Por existir un trato desigual entre trabajadores dependientes e =
independientes y discriminatorio para estos =FAltimos que son excluidos =
del sistema de seguridad social en salud, la Secci=F3n Segunda del =
Consejo de Estado con ponencia de la magistrada Ana Margarita Olaya =
determin=F3 que los trabajadores independientes pueden cotizar con base =
en un salario m=EDnimo legal mensual vigente de acuerdo con los =
principios de universalidad e integralidad que inspiran el sistema de =
seguridad social previsto en la ley 100/93.=20
>=20
>=20
> La Corporaci=F3n dijo que si bien es cierto este tipo de =
discriminaci=F3n fue remediado con la ley 797/02, debe declararse la =
nulidad parcial de los art=EDculos 26 del decreto 806/98, 25 del =
decreto 1406/99, de la circular externa 087/99 de la Superintendencia =
Nacional de Salud y del art=EDculo 5 de la resoluci=F3n 009/96 de la =
entidad mencionada porque > "> a pesar de que estas disposiciones se =
encuentran derogadas t=E1citamente por la ley 797/02, estuvieron =
vigentes y por lo tanto esta jurisdicci=F3n debe pronunciarse sobre la =
legalidad, pues s=F3lo as=ED se logra el prop=F3sito de mantener el =
orden jur=EDdico y el restablecimiento de la legalidad que se recobra no =
con la derogatoria de la norma sino con el pronunciamiento definitivo =
del juez contencioso administrativo> "> . =20
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